Bajo ley de Nueva Jersey, cada paciente hospitalizado en New Jersey tiene derecho a ciertas derechas, incluyendo al menos los siguientes:
1. A recibir los servicios de cuidado y salud que el hospital esta requerido bajo N.J.S.A. 26: 1-001 y normas adoptadas por el Department of Health y Senior Services (El Departamento de Salud y Servicios a los Ancianos) para implementar esta ley;
2. El tratamiento y los servicios médicos están basados sin discriminación en raza, color, credo, origen étnico, información genética, estado civil, edad, religión, origen nacional, sexo, preferencias sexuales, orientación sexual, identidad de género o expresión,
discapacidad, diagnóstico, capacidad de pago o fuente de pago;
3. Para retener y ejercer en la mayor medida posible todos los derechos constitucionales, civiles y legales para que el paciente tenga derecho por ley;
4. De estar informado de los nombres y funciones de todos los médicos y otros profesionales de salud que ofrecen cuidado directo al paciente. Estas personas se identificaran a través de introducción o llevando una identificación con foto;
5. A recibir tan pronto posible los servicios de un intérprete o traductor para poder facilitar la comunicación entre el paciente y el personal médico de hospital;
6. A recibir del médico o practicante clínico - en términos que el paciente entienda — una explicación de completa de su condición medica, tratamiento recomendado, riesgo del tratamiento, resultados esperados y razonables alternativas médicas. Si esta información fuera perjudicial para la salud del paciente, o si el paciente no es capaz de entender la información, la explicación será proporcionada a su pariente o tutor y documentada en el expediente médico del paciente;
7. A dar consentimiento informado por escrito antes del comienzo de los tratamientos especificado o procedimientos sólo después de que un médico o practicante clínico le han explicado, en términos que el paciente entienda — detalles específicos acerca del procedimiento recomendado o tratamiento, los riesgos involucrados, la posible duración de incapacidad y alguna razonable alternativa médica para el cuidado y tratamiento. Los procedimientos que requieren consentimiento informado por escrito serán especificados en las pólizas y procedimientos del hospital. Si el paciente es incapaz de dar consentimiento informado por escrito, el consentimiento se recabará del pariente o tutor del paciente o a través de una directiva anticipada, en la medida autorizada por la ley. Si el paciente no es capaz de dar consentimiento informado por escrito, un médico o un profesional clínico grabará una explicación en la expediente médico del paciente;
8. A rechazar medicamentos o tratamientos en la medida permitida por la ley y hacer informado de las consecuencias que tienen este acto;
9. A ser incluidos en la investigación experimental sólo cuando él o ella han dado consentimiento informado por escrito para dicha participación, o cuando un tutor proporciona el consentimiento de un paciente incompetente según conforme a la ley y Reglamento. El paciente puede negarse a participar en investigaciones experimentales, incluyendo las investigaciones de nuevos medicamentos y dispositivos médicos;
10. A ser informado si el hospital le ha autorizado otras instituciones de cuidado médico y educativas a participar en el tratamiento del paciente. El paciente también tendrá derecho a conocer la identidad y la función de estas instituciones y puede rechazar su
participación en el tratamiento del paciente;
11. A ser informados de las pólizas y procedimientos relativos a métodos de salva vidas y el uso o retirada de mecanismos de soporte de vida del hospital. Estas pólizas y procedimientos estarán disponibles inmediatamente en forma escrito para el paciente, su familia o tutor y al público, al solicitarlo;
12. A ser informado por el médico tratante y demás proveedores de servicios de atención médica sobre cualquier requerimiento de atención médica continuante después del paciente ser dado de alta del hospital. El paciente también tendrá derecho a recibir asistencia del médico y el personal del hospital apropiado en hacer los arreglos necesarios para cuidado siguiente antes de haber sido dado de alta del hospital;
13. A recibir tiempo suficiente antes de hacer dado de alta para hacer los arreglos necesarios para cuidado después de su hospitalización;
14. A ser informado por el hospital sobre cualquier proceso de apelación sobre el proceso de hacer dado de alta en cual el paciente tiene derecho por la ley;
15. A ser transferido a otra institución solo por una de las razones siguientes, con esta razón grabada en el expediente médico del paciente:
a. El hospital transferente es incapaz de proporcionar el tipo o nivel de atención médica apropiada para las necesidades del paciente. El hospital hará un esfuerzo inmediato para notificar al médico de atención primaria del paciente y los familiares y documentar que las notificaciones fueron recibidas; o
b. La transferencia es solicitada por el paciente, o por el pariente o tutor del paciente cuando el paciente esta mentalmente incapacitado o incompetente;
16. A recibir de un médico una explicación de las razones para la transferencia del paciente a otra institución, información sobre alternativas a la transferencia, verificación de aceptación de la institución recipiente y la certeza que el movimiento asociado con la transferencia no someterá al paciente a substancial, innecesario riesgo de deterioro de su condición médica. Esta explicación de la transferencia se indicará con ante tiempo al paciente o al pariente o tutor excepto en una situación peligrosa que riesgo la vida o donde es necesario; transferencia inmediata del paciente;
17. A recibir tratamiento con cortesía, consideración y respeto por la dignidad y individualidad del paciente;
18. A ser libre de abuso físico y mental;
19. A libertad de ataduras, a menos que están autorizados por un médico durante un período limitado de tiempo para proteger al paciente o a otros de lesión;
20. A tener privacidad intima física durante el tratamiento médico y las funciones de higiene personal, como bañarse y usar el inodoro, a menos que el
paciente necesite ayuda para su propia seguridad. También se respetará la privacidad del paciente durante otros procedimientos médico y cuando el personal del hospital que está discutiendo el cuidado el paciente;
21. A tratamiento confidencial de la información sobre el paciente. Información en los expediente del paciente no será disponible a nadie fuera del hospital sin autorización del paciente, a menos que otro centro de atención médica al que el paciente fue trasladado requiera la información, o a menos que proveerle la información sea necesario y permitido por la ley, un contrato de pago a tercera parte, una revisión de par médica o New Jersey Department of Health (Departamento de salud de New Jersey). El hospital proporcionará al paciente o la persona responsable con una explicación de los procedimientos a seguir en la fabricación de dicho recurso;
22. A recibir una copia de las tarifas de pago del hospital, independientemente de la fuente de pago. A petición, el paciente o la persona responsable se le proporcionará una factura detallada y una explicación de los cargos si hay más preguntas. El paciente o la persona responsable tiene derecho a apelar los cargos. El hospital le proporcionará al paciente o la persona responsable con una explicación de los procedimientos a seguir en la fabricación de dicho recurso;
23. A ser asesorado por escrito sobre las reglas y regulaciones del hospital que se aplican a la conducta de los pacientes y visitantes.
a. La pareja de una unión civil de un paciente i/o la pareja domestica de un paciente, tendrá los mismos privilegios de visitas, como si el visitante fuera esposo(a) del paciente.
b. Una institución, no requiera que el paciente o la pareja en unión civil o pareja domestico produzcan la prueba de ese estatus de asociación como una condición de dar privilegios de visitación, a menos que la institución en situaciones similares requieran con pacientes casados o su esposo(a) produzcan prueba de estado civil.
c. Privilegios de visitación no serán negados o abreviado a bases de raza, credo, color, origen nacional, ascendencia, edad, estado civil, affecionable u orientación sexual, condición familiar, discapacidad, nacionalidad, sexo, identidad de género o expresión o fuente de ingresos lícitos.
d. El régimen de visitas puede ser restringido en circunstancias médicamente apropiadas o basado en la decisión clínica de un proveedor de cuidado de salud profesional sanitario encargado de la atención del paciente;
24. De tener acceso inmediato a la información contenida en el expediente médico del paciente, a menos que un médico prohíbe dicho acceso como perjudicial para la salud del paciente y explique la razón en el expediente médico. En ese caso, pariente o tutor del paciente tendrá derecho a examinar el expediente. Este derecho continúa después de que el paciente sea dado de alta del hospital por el tiempo que sea que el hospital cuenta con una copia del expediente médico;
25. De obtener una copia del expediente médico del paciente, a un costo razonable, dentro de 30 días de una solicitud por escrito al hospital. Si el acceso por el paciente está médicamente contraindicado (según lo documentado por un médico en la historia clínica del paciente), el expediente médico estarán disponible a un representante legalmente autorizado del paciente o el médico del paciente;
26. Tener acceso a espacio de almacenamiento en la habitación del paciente para el uso privado del paciente. Si el paciente es incapaz de asumir la responsabilidad de sus objetos personales, habrá un sistema en el lugar para salvaguardar los bienes del paciente hasta que el paciente o familiares puedan asumir la responsabilidad de estos artículos;
27. De ser dado un resumen de estos derechos del paciente, como aprobado por el Departamento de Salud del Estado de Nueva Jersey, y cualquier adicional póliza y procedimientos establecidos por el hospital con responsabilidades y derechos del paciente. Este resumen también deberá incluir el nombre y número de teléfono del funcionario del hospital a quien los pacientes pueden presentarle una queja sobre posibles violaciones de los derechos de paciente. Este resumen se facilitará en la lengua materna del paciente si 10 por ciento o más de la población en el área de servicio del hospital hablan ese idioma. Además, un resumen de estos derechos del paciente, tal como fue aprobado por Departamento de Salud del Estado de Nueva Jersey, será publicado visiblemente en la habitación del paciente y en los lugares públicos en todo el hospital. Copias completas de este subcapítulo estarán disponibles en las estaciones de enfermería y otras áreas de registro de atención del paciente en el hospital para revisión por parte de los pacientes y sus familias o tutores;
28. Presentar sus quejas al miembro del personal del hospital designado por el hospital para responder a las preguntas o quejas sobre derechos del paciente y recibir una respuesta a esos agravios en un plazo razonable de tiempo. El hospital es requerido proporcionarle a cada paciente o tutor los nombres, direcciones y números de teléfono de las agencias de gobierno que el paciente puede quejarse y hacer preguntas, incluyendo el Departamento de Salud del Estado de Nueva Jersey línea caliente (Hotline) al 1-800-792-9770. Esta información también será publicada visiblemente en los lugares públicos en todo el hospital;
29. A tener asistencia en la obtención de asistencia pública y beneficios de cuidado privado a los que el paciente pueda tener derecho. Esto incluye ser aconsejado que son indigentes o carecen de la capacidad de pago y que pueden ser elegibles para cobertura y recibir la información y ayuda necesarias para calificar y solicitar beneficios o reembolso;
30. Contratar directamente con una enfermera profesional registrada en el estado de New Jersey elegido por el paciente para el cuidado de enfermería profesional privado durante su hospitalización. Una enfermera profesional registrada contratada deberá adherirse a las pólizas y procedimientos del hospital en cuanto los protocolos de tratamiento, siempre y cuando estos requisitos sean los mismos para servicio privado y personal de enfermería regularmente empleada. El hospital, cuando sea solicitado, proporcionará al paciente o su designado con una lista de registros de asociaciones de enfermeras profesionales sin fines de lucro locales que se refieren a las enfermeras para el cuidado de enfermería profesional privado; y
31. A esperar y recibir evaluación adecuada, manejo y tratamiento del dolor como un componente integral de la atención de esa persona,
conformidad con N.J.A.C. 8:43E-6;
32. Responsabilidades del paciente
En el intento de proporcionar tratamiento y atención médica de calidad, Cooper University Health Care requiere la cooperación de los pacientes que le servimos. El paciente, por lo tanto, es responsable:
a. Proporcionar, en la medida de lo posible, información precisa y completa sobre la enfermedad actual, historial pasado médico y otros asuntos relacionados con la salud;
b. Informar cualquier c ambio en su condición al médico responsable;
c. Para dar a conocer, si entiende, a su satisfacción, sus problemas de salud o cualquier curso previsto de la acción en el tratamiento;
d. Seguir el plan de tratamiento recomendado por el médico primario responsable de su cuido médico y para ayudar a las enfermeras y personal médico aliado en sus esfuerzos por seguir las instrucciones;
e. Para sus acciones y resultados concluidos, si se niega el tratamiento o no sigue las instrucciones;
f. Para asegurar que las obligaciones financieras de su cuidado de salud se cumplen puntualmente;
g. Seguir las normas y reglamentos de Cooper University Health Care que afectan a la atención del paciente, conducta y seguridad;
h. Para ser considerado con los derechos de otros pacientes y al personal del hospital; para ayudar en el control de ruido y conducta de los visitantes; para la seguridad de sus propias pertenencias personales y el respeto de la pertenecientes a otros.
33. Departamento de Relaciones del Paciente
a. El Departamento de Relaciones del Paciente deberá responder a las quejas presentadas por el paciente y la familia a través de una investigación completa de las preocupaciones expresadas.
b. El Departamento de Relaciones del Paciente informará a la autoridad apropiada si ocurre alguna violación de los derechos del paciente. Se espera una respuesta de esta autoridad en un plazo de 24 horas de las acciones que se han tomado.
c. El Departamento de Relaciones del Paciente deberá proporcionar explicación y educación a los pacientes en el caso de que no estén cumpliendo con sus responsabilidades.